¿La familia está en crisis? ¿la familia desaparece?, o ¿la familia se transforma? ¿Cuál es el futuro de las familia? Este libro brinda respuestas a varias de esas preguntas, al mismo tiempo que muestra lo que está pasando con la familia argentina hoy, a la luz de los que ya ocurrió en las últimas décadas.
Matrimonios que terminan en separaciones y divorcios, hogares encabezados por jefas mujeres, hogares monoparentales de mujeres e hijos que alguna ves tuvieron un cónyuge y hoy6 no lo tienen -por separación o divorcio- o de mujeres con hijos voluntaria o involuntariamente concebidos y nunca casadas o unidas, hogares "ensamblados" o "reconstituidos" en los que conviven los hijos de los unos , de las otras y de ambos, parejas que eligieron no tener hijos, mujeres solteras que, en cambio, eligieron tenerlos y criarlos ellas solas, hogares formados por parejas homosexuales o por parejas heterosexuales que adoptaron uno o dos hijos: formas de "vivir en familia", formas que se han popularizado en el mundo y, consecuentemente, en la Argentina.
U15613 - U15908 - U15909 - U15910
A casi tres décadas de la sanción de la última reforma de la Constitución Nacional aparece la 8° edición de este libro, que se publicó por primera vez a menos de dos mese de producida aquella. La Constitución de los argentinos es la obra de derecho constitucional más vendida y consultada desde el retorno de la democracia. Se trata de un verdadero manual sobre nuestra Carta Magna, en el cual los autores -prestigiosos especialistas- brindan un profundo examen de su texto luego de la reforma de 1994, en el que incorporan las leyes reglamentarias y además modificaciones normativas acontecidas desde ese momento. Asimismo, el desarrollo de cada uno de los artículos está acompañado del análisis de la jurisprudencia y la doctrina actualizadas más relevantes.
La Constitución de los argentinos integra la bibliografía de los programas de las facultades de derecho de todo el país y se ha constituido en un invalorable aporte para la divulgación, mejor comprensión e interpretación de nuestra ley fundamenta, como lo han destacado los especialistas y la crítica.
A esta edición se le ha incorporado un prólogo de la prestigiosa historiadora María Sáenz Quesada, quien destaca el aporte de la obra para la comprensión ciudadana de nuestro sistema constitucional.
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¿Por qué en la Argentina se aplicó durante más de 80 años una ley de menores reñida con los derechos y garantías reconocidas por la Constitución Nacional? ¿Por qué el país ignoró durante tanto tiempo los procesos de cambio legal, institucional y social producidos en América latina en los últimos 15 años como consecuencia de la aprobación de la Convención sobre derechos del niño, tratado incorporado a la Carta Magna?
Éstas son las preguntas que se hacen quienes tratan desde hace años de explicar el extraño "caso argentino", no en lo económico ni en lo político, sino en lo relacionado con las leyes para la infancia. Para responderlas no basta el análisis jurídico. Razones históricas, institucionales y culturales probablemente expliquen mejor la persistencia de un modelo jurídico-institucional obsoleto y deslegitimado, si no a nivel general, por lo menos entre los especialistas: pero ¿se debe renunciar a dar inelegibilidad a esta particular situación a partir de argumentos jurídicos? La respuesta que se propone en este trabajo es negativa.
Un modelo teórico autista como el del derecho tutelar de menores impidió durante décadas contrastar sus dispositivos jurídicos con otros ámbitos normativos, en particular con el derecho constitucional. En rigor -como indicaré más adelante- esta indiferencia fue recíproca: el derecho de menores se auto acuarteló dentro de sus muros tutelares, en tanto el derecho ("de mayores") jamás se interesó siquiera mínimamente por o que pasaba con los menores de edad detrás de esos muros -no sólo conceptuales-, una vez que de ellos comenzaba a ocuparse su derecho "específico".
U16008 - U16009 - U16010
Esta nueva edición de Responsabilidad civil & daños sale a la luz siete años después de la anterior y, desde ya, uno de los motivos de que pasara tanto tiempo entre una y otra fue el proceso de elaboración y puesta en vigencia del actual Código Civil y Comercial.
Como venimos haciendo desde la primera edición, optamos por mostrar la opinión de los jueces a través de sus sentencias y dejamos que sean estos quienes nos digan la doctrina que consultan. En este sentido, nos detuvimos en fallos cuyos conceptos fueron receptados por el CCC y, además, tratamos de incluir la jurisprudencia que apareció tras la entrada en vigencia del nuevo código.
Le prestamos especial atención a la aplicación temporal del CCC. En efecto, el Código Civil derogado se seguirá aplicando, respecto de los presupuestos de la responsabilidad civil, cuando el hecho dañoso fue anterior a la puesta en vigencia del CCC, aunque la nueva normativa, en cambio, se sea de aplicación a temas tales como los intereses, los parámetros de cuantificación de daños y las cuestiones procesales.
U15983 - U15984 - U15985