La puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación el 1º de agosto del año dos mil quince, consolidó ciertas corrientes de pensamiento jurídico que se construyeron en las últimas décadas en los escenarios de la doctrina y de la jurisprudencia; y formalizó el ingreso de una nueva metodología de organización al interior del sistema jurídico. Se explicitó el reconocimiento a la supremacía constitucional y de los tratados de Derechos Humanos, y se fortalecieron sujetos e instituciones consideradas particularmente vulnerables o significativos.
Así, entre otros bienes jerarquizados, se diseña un régimen amplio e inclusivo de protección jurídica de la vivienda permitiendo la convivencia de diversos mecanismos tuitivos que la abordan desde distintos ámbitos del Derecho.
La derogación de la antigua Ley 14.394 y con ello el régimen de bien de familia, para reemplazarlo por otro que consideramos superador; el reconocimiento de nuevos valores y modelos de convivencia parental y de proyectos vitales; los derechos nacidos como consecuencia de la viudez marital o convivencial, entre muchos otros, son decisiones que fortalecen la protección y que derivan en la apertura de múltiples instancias sobre las que el mundo del Derecho y los operadores jurídicos debemos reflexionar en el intento de definir los alcances más convenientes posibles.