La temática asumida por Diego J. Tula en este trabajo ha sido encarnada por diversos autores con anterioridad y yo mismo he tenido ocasión de leer varios de esos trabajos ¿Dónde radica, entonces, el mérito de esta obra que me complace tanto prologar?
La respuesta está en la profundidad.
Y esa característica deriva de que el autor ha comprendido muy bien la importancia de que las comunicaciones que las partes del conflicto se formulan en la etapa de desarrollo de la crisis jurídica son, pese al carácter instrumental de las notificaciones, esenciales para el tratamiento futuro del conflicto ya en el lid judicial.
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