En lo que hace a la protección del consumidor, la República Argentina estableció su eje en la Constitución Nacional, en el Código Civil y Comercial y en la Ley de Defensa del Consumido con su decreto reglamentario, aunque ello no significa que la cuestión se agote allí. Precisamente, y con la finalidad del sistema de otorgar una protección mayor a la parte débil, podemos establecer que la normativa del consumidor no es solamente lo reglado en la ley específica, sino que está integrado también por todas aquellas normas que resulten aplicables a la relación jurídica de consumo.
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