El autor separa y discurre, adecuadamente, sobre la audiencia preliminar (proveído de pruebas, según el Protocolo) por un lado, y la audiencia oral o vista de causa (de producción y pruebas) por el otro. Se ocupa de dar tratamiento a las ventajas en cada caso - y explica cómo es posible implementarlas acudiendo al articulado actualmente vigente en el CPCC santafesino y a la doctrina y jurisprudencia que se orienta en ese rumbo. Propone un ejercicio proactivo por parte del iudexy señala, como componentes insoslayables, la proscripción del abuso del proceso, el deber de colaboración y la eficiencia en la gestión. Ya desandando el Protocolo, sindica los pormenores de cada medio probatorio en particular (ptos. IV y V).
U14672